Interviene la Secretaría del Trabajo en conflicto de CDS Ensambladora de Matamoros

Matamoros, Tamaulipas.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno de Tamaulipas interviene en el conflicto laboral de CDS Ensambladora de Matamoros S.A. de C.V., a través de módulos de atención de las trabajadoras y los trabajadores, con el propósito de proteger los derechos laborales e iniciar procedimientos de conciliación, recibir asesoría y postularse a las vacantes laborales disponibles.

Personal del Centro de Conciliación Laboral, Procuraduría de la Defensa de los Trabajadores y Servicio Nacional del Empleo de Tamaulipas instalaron un módulo de atención para los trabajadores.

Actualmente, se han recibido 112 solicitudes del personal de confianza el Centro de Conciliación Laboral, en estos expedientes ya se ha notificado a la empresa la fecha de la audiencia de conciliación prejudicial y de no comparecer, se expedirá el acta de no conciliación respectiva y se impondrá una multa por la inasistencia.

La empresa CDS Ensambladora de Matamoros, cerró sus puertas a través de un aviso, dejando en la incertidumbre más de 500 trabajadores, 280 de ellos sindicalizados.

El Gobierno de Tamaulipas, a través de la secretaria del Trabajo y Previsión Social, Olga Sosa Ruíz, informó la integración de solicitudes ante el Centro de Conciliación Laboral y la asesoría, conjunta y coordinada, para iniciar con el embargo precautorio por parte del Sindicato de Jornaleros y Obreros Industriales y de la Industria Maquiladora en Matamoros, y una vez agotado los días del procedimiento, el Juez será el encargado de declarar como legal y existente la huelga.

La estrategia planteada por la secretaria del Trabajo, está enfocada en realizar el procedimiento de imputabilidad como lo sugiere la secretaría federal.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social además de los módulos de atención, también ha puesto a disposición de las trabajadoras y los trabajadores el teléfono 8343181037, para brindar la asesoría que se requiera a población que por sus condiciones de salud no pudiera acudir a las instalaciones de la empresa o del Centro de Conciliación.