SON O SE HACEN: DIPUTADOS
Por Salvador Leal Luna
Luego de lo ocurrido en las comisiones unidas de Finanzas, Planeación, Presupuesto y Deuda Pública, como de Asuntos Municipales del Congreso de Tamaulipas, donde aprobaron una propuesta del legislador priista, Florentino Aarón Sáenz Cobos, con respeto de que los 43 municipios cobraran a la sociedad la recolección de basura. Esto diputados son o se hacen. Son una vergüenza, porque los motivos que dan son por demás absurdos, fuera de base, pero sobre todo se pasan por el “Arco del Triunfo” la Constitución de México.
En esa reunión ningún diputado o diputada al hacer uso de la palabra para discutir ese cobro a la población, dijo algo claro y conciso. Sin embargo, al final de cuentas quienes pagan los platos rotos son el pueblo, pese a que ellos (diputados) se dicen representar los intereses de los ciudadanos. Fue obvio que les gano el interés económico y político que defender a los tamaulipecos
Pero bien. Les comento que el artículo 31 de la Constitución de México, fracción IV y que a la letra dice: Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
En tanto, la palabra “Gasto Público”. Es la cantidad de recursos financieros, materiales y humanos, que el sector público representado por un gobierno emplea para el cumplimiento de sus funciones, entre las que se encuentra de manera primordial la de satisfacer los Servicios Públicos de la Sociedad.
Mientras, el artículo 115 Constitucional fracción III, de la Constitución establece “Los municipios tendrán a su cargo las funciones y Servicios Públicos siguientes:
“Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de los residuos”.
El Predial. La función principal de este impuesto es generar recursos para que los gobiernos municipales puedan proveer SERVICIOS PÚBLICOS a nivel local, tales como alumbrado, pavimentación, recolección de residuos, como se estipula en el artículo 115 Constitucional de nuestra Carta Magna. Por eso, son o se hacen, diputados locales de Tamaulipas.
Finalmente considero que si los municipios de Tamaulipas, cobran por la prestación de un servicio público como es la recolección de basura, dicho cobro resultaría violatorio del artículo 31, fracción IV de la Constitución de México. Hay se los dejo de tarea, diputados locales, no sólo de estas comisiones legislativas, sino de todo el pleno del Congreso de Tamaulipas.
De aplicarse; es decir si ese dictamen se lleva al pleno legislativo de Tamaulipas, porque solo se aprobó en las comisiones legislativas antes señaladas y aprobado, por mayoría, por unanimidad o como sea, este cobro es INCONSTITUCIONAL y se puede proceder a un JUICIO DE AMPARO.
Por lo tanto, diputados, no puede haber dos cobros en uno. También es ilegal. Espero que mejor se dejen de ese tipo de “jaladas” que no llegan a nada. Sino pónganse a devengar el sueldo y déjense de “OCURRENCIAS” como esta de cobrar la recolección de basura en Tamaulipas.
También les voy a dar un dato, para que se pongan a estudiar e investigar, no sólo los de estas comisiones que están para llorar, sino a los restantes legisladores locales. Pero principalmente al ex funcionario de la Secretaría de Finanzas, hoy por desgracia convertido en diputado, me refiero a Arturo Soto Alemán, por cierto pastor de una de las comisiones que aprobaron este cobro, como fue la de Finanzas. Le digo que el trienio de Enrique Cárdenas del Avellano, quiso cobrar el alumbrado público aquí en Victoria, pero el hoy consejero Jurídico del gobierno de Tamaulipas, Abelardo Perales, fue el precursor de los Amparos y tumbo ese cobro en aquellos años.
Creo que hay antecedentes para que esta “barbarie” que buscan hacer con esa “ocurrencia” de cobrar por la recolección de basura, violando la Constitución, debe quedar fuera; es decir, si se presenta al pleno, debe ser desechada de forma inmediata, no es posible que estén primero servirse que servir al pueblo.
Por hoy es todo.
HASTA LA PRÓXIMA.
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